1. RESIDENTES EN IRLANDA: RENOVACIÓN O SOLICITUD DEL DUPLICADO DEL PERMISO DE CONDUCIR, MEDIANTE CANJE DEL PERMISO ESPAÑOL POR EL IRLANDÉS
En el año 2006 la Unión Europea aprobó el permiso de conducir único UE que reemplazará a los que actualmente están en uso en los distintos estados miembros. Se espera que este nuevo carné comience a emitirse en el año 2012. Entretanto, aquellos ciudadanos, residentes en un país miembro diferente al que emitió por primera vez el permiso originario de conducir, que vayan a renovar o solicitar un duplicado de su carné de conducir, tienen que realizar el trámite en el país donde residen; es decir en el que habiten más de 183 días en el año. Los residentes en Irlanda deberán por tanto hacerlo en Irlanda.
En caso de que el permiso de conducir español esté en vigor, deberá de presentarse el mismo ante las autoridades irlandesas, para obtener el canje.
En caso de que el permiso de conducir español esté caducado, deberá de presentarse el mismo y un Certificado de Tráfico de España aceptando el canje (*) ante las autoridades irlandesas, para obtener el canje.
En caso de que el permiso de conducir español haya sido robado o extraviado, deberá de presentarse un Certificado de titularidad de un permiso de conducir español (*) ante las autoridades irlandesas, para obtener el canje.
* Para obtener este documento, deberá personarse en esta Embajada con su DNI o pasaporte. La Embajada lo solicitará en su nombre a la Jefatura de Tráfico correspondiente y se lo enviará a su domicilio cuando se reciba.
2. NO RESIDENTES EN IRLANDA (MENOS DE 183 DIAS AL AÑO): DEBERÁ SOLICITARLO ANTE ESTA EMBAJADA
La Embajada en Dublín no puede expedir ni renovar los Permisos de Conducir de ciudadanos españoles, ejerciendo una mera función de "buzón" en el caso de renovaciones. En este sentido únicamente se ocupa de remitir la documentación a las autoridades de Tráfico españolas.
Documentación necesaria:
a) PRÓRROGA DE VIGENCIA DEL PERMISO DE CONDUCIR
1.- Solicitud de prórroga de vigencia firmada por el interesado. 2.- Fotocopia del DNI, pasaporte, o tarjeta de residencia en vigor. 3.- Permiso o licencia de conducción cuya vigencia se pretenda prorrogar o fotocopia compulsada del mismo. 4.- Informe de aptitud psicofísica, que será expedido por un médico de Irlanda, debiendo especificarse que su titular es apto para la conducción. 5.- Tasa: Únicamente se podrá hacer efectiva mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta abierta a nombre de la Jefatura Central de Tráfico para el pago de renovaciones de permisos desde el extranjero: BIC BSCHESMM IBAN ES23 0049 5103 7926 1657 8716
El importe a transferir se hará de forma que en la cuenta se reciba el importe exacto de la tasa, todos los gastos que conlleve la transferencia deberán ser asumidos por el solicitante. En el concepto de la transferencia se harán constar los siguientes datos para poder identificar la procedencia del ingreso y realizar la renovación solicitada:
1. DNI. 2. Apellidos y nombre. 3. Tasa renovación permiso de conducir.
El justificante de la transferencia efectuada deberá adjuntarse a la solicitud.
6.- Una fotografía actualizada, de 32 x 26 mm. en color
b) DUPLICADOS.- EN LOS CASOS DE SUSTRACCION, EXTRAVIO O DETERIORO DEL ORIGINAL
1.- Solicitud de duplicado. 2.- Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor. 3.- Una fotografía actualizada, de 32 x 26 mm. en color. 4.- El permiso o licencia de conducción original, en los supuestos de solicitud de duplicado por deterioro, variación de los datos y, en este supuesto, además, el documento que acredite la variación de los datos que figuran en el permiso o licencia. 5.- Denuncia de robo o pérdida. 6.- Tasa: Únicamente se podrá hacer efectiva mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta abierta a nombre de la Jefatura Central de Tráfico para el pago de renovaciones de permisos desde el extranjero:
BIC BSCHESMM IBAN ES23 0049 5103 7926 1657 8716
El importe a transferir se hará de forma que en la cuenta se reciba el importe exacto de la tasa, todos los gastos que conlleve la transferencia deberán ser asumidos por el solicitante. En el concepto de la transferencia se harán constar los siguientes datos para poder identificar la procedencia del ingreso y realizar la renovación solicitada:
1. DNI. 2. Apellidos y nombre. 3. Tasa renovación permiso de conducir.
El justificante de la transferencia efectuada deberá adjuntarse a la solicitud.
Posteriormente, tanto en el caso de renovación como en el de duplicado, la DGT remite el nuevo documento directamente a la Embajada, donde deberá recogerlo el interesado. El plazo aproximado es de un mes y medio.
Hay que recordar que cualquier ciudadano español puede también dirigirse directamente a las autoridades de tráfico en España para la renovación del Permiso, sin pasar por la Embajada.
Para más información: DGT, Dirección General Tráfico, Arturo Soria, 125, 28043 Madrid Tel: 91 5104486 - Fax: 914165612 Web: www.dgt.es