Resolución de 12 de febrero de 2014, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias a emigrantes gallegos retornados y se procede a su convocatoria para el año 2014.
Entidad: Secretaría Xeral da Emigración
Fecha de publicación: 19.02.2014
Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 30.09.2014
Objeto de las Ayudas:
La Secretaría Xeral da Emigración convoca ayudas extraordinarias a emigrantes gallegos/as retornados/as para el ejercicio 2014. El objeto es la concesión de ayudas extraordinarias y no periódicas dirigidas a los/a las emigrantes gallegos/as retornados/as para ayudar a hacer frente a los gastos extraordinarios derivados de su retorno a la Comunidad Autónoma de Galicia.
Beneficiarios/as:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las siguientes personas:
a) Las personas gallegas y nacidas en Galicia que residiendo fuera de España retornen a la Comunidad Autónoma gallega.
b) Los/as cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal y los/as hijos/as de las personas relacionadas en la letra a) con residencia en el extranjero que residiendo fuera de España se establezcan en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Los/as antedicho/as beneficiarios/as deberán acreditar estar en posesión de la nacionalidad española antes del retorno y tener su residencia actual en Galicia.
Requisitos de los/as beneficiarios/as:
- Haber residido legalmente en el extranjero un mínimo de 3 años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de su retorno a España
- No haber transcurrido más de un año entre la fecha de su retorno a España y la fecha de publicación de esta resolución (19/02/2014)
- Estar empadronado/la y tener residencia en un ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Galicia
- Carecer de rentas o ingresos suficientes, computándose como tales todo tipo de rentas, incluso las ayudas, públicas o privadas, de naturaleza semejante a las previstas en esta resolución
- Se entenderán como rentas o ingresos insuficientes los que no superen en cómputo global, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), fijado para el año 2014 en 532,51 € mensuales, y relativos a la renta per cápita de la unidad familiar.
- Carecer de bienes muebles y/o inmuebles cuyo valor supere el límite de 15.000 € más 5.000 adicional por cada uno/una de los/las restantes miembros de la unidad familiar.
- Quedan excluidos/as de las ayudas de esta resolución:
1. Los/las beneficiarios /las de anteriores resoluciones de la Secretaría Xeral da Emigración de ayudas extraordinarias a emigrantes gallegos/as retornados/as y a sus familiares.
2. Los/as solicitantes que tengan bienes patrimoniales (muebles y/o inmuebles), cuyo valor supere el límite de 15.000 € más 5.000 adicional por cada uno/una de los/as restantes miembros de la unidad familiar.
Más información y formulario de solicitud en:
http://emigracion.xunta.es/es/actividad/linea-de-ayuda/ayudas-extraordinarias-emigrantes-gallegosas-retornadosas-ano-2014
Entidad: Secretaría Xeral da Emigración
Fecha de publicación: 19.02.2014
Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 30.09.2014
Objeto de las Ayudas:
La Secretaría Xeral da Emigración convoca ayudas extraordinarias a emigrantes gallegos/as retornados/as para el ejercicio 2014. El objeto es la concesión de ayudas extraordinarias y no periódicas dirigidas a los/a las emigrantes gallegos/as retornados/as para ayudar a hacer frente a los gastos extraordinarios derivados de su retorno a la Comunidad Autónoma de Galicia.
Beneficiarios/as:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las siguientes personas:
a) Las personas gallegas y nacidas en Galicia que residiendo fuera de España retornen a la Comunidad Autónoma gallega.
b) Los/as cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal y los/as hijos/as de las personas relacionadas en la letra a) con residencia en el extranjero que residiendo fuera de España se establezcan en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Los/as antedicho/as beneficiarios/as deberán acreditar estar en posesión de la nacionalidad española antes del retorno y tener su residencia actual en Galicia.
Requisitos de los/as beneficiarios/as:
- Haber residido legalmente en el extranjero un mínimo de 3 años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de su retorno a España
- No haber transcurrido más de un año entre la fecha de su retorno a España y la fecha de publicación de esta resolución (19/02/2014)
- Estar empadronado/la y tener residencia en un ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Galicia
- Carecer de rentas o ingresos suficientes, computándose como tales todo tipo de rentas, incluso las ayudas, públicas o privadas, de naturaleza semejante a las previstas en esta resolución
- Se entenderán como rentas o ingresos insuficientes los que no superen en cómputo global, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), fijado para el año 2014 en 532,51 € mensuales, y relativos a la renta per cápita de la unidad familiar.
- Carecer de bienes muebles y/o inmuebles cuyo valor supere el límite de 15.000 € más 5.000 adicional por cada uno/una de los/las restantes miembros de la unidad familiar.
- Quedan excluidos/as de las ayudas de esta resolución:
1. Los/las beneficiarios /las de anteriores resoluciones de la Secretaría Xeral da Emigración de ayudas extraordinarias a emigrantes gallegos/as retornados/as y a sus familiares.
2. Los/as solicitantes que tengan bienes patrimoniales (muebles y/o inmuebles), cuyo valor supere el límite de 15.000 € más 5.000 adicional por cada uno/una de los/as restantes miembros de la unidad familiar.
Más información y formulario de solicitud en:
http://emigracion.xunta.es/es/actividad/linea-de-ayuda/ayudas-extraordinarias-emigrantes-gallegosas-retornadosas-ano-2014